Al comunicar su resolución, el juez de garantías consideró que estos elementos eran suficientes para excluirla como perito y que el informe sea declarado inválido, ya que no podía ser valorado como una pericia.
Ahora, la mujer afronta una investigación, la cual es llevada adelante por la Fiscalía de Delitos Económicos para constatar la posible comisión de un delito.
Por último, el juez hizo lugar al pedido de la Fiscalía para que el caso sea juzgado por un jurado popular integrado por 16 ciudadanos y ciudadanas —12 titulares y cuatro suplentes—, quienes determinarán la responsabilidad penal del acusado.
El hecho
De acuerdo con la acusación del MPF y la querella particular, R.D.S. asesinó a Azul Semeñenko, mujer trans, mediante golpes con elementos contundentes y al menos 25 heridas de arma blanca. El ataque, que incluyó lesiones defensivas, le provocó una hemorragia interna masiva por heridas que dañaron el corazón y la aorta torácica.
El hecho ocurrió en la madrugada del 25 de septiembre de 2025, en el domicilio del imputado, al que ambos llegaron luego de que R.D.S. la abordara mientras ofrecía servicios sexuales en la vía pública.
Luego de matarla, el acusado trasladó el cuerpo envuelto en una lona y atado con alambres hasta un canal de desagüe ubicado en calle Pergamino, donde fue hallado el 14 de octubre, en avanzado estado de putrefacción.
El delito atribuido a R.D.S. es homicidio triplemente calificado por ensañamiento, por odio a la identidad de género y por haber sido cometido por un hombre a una mujer mediando violencia de género (arts. 80 incs. 2°, 4° y 11° del Código Penal), en calidad de autor (art. 45 C.P.).
Agencia NA



